El 2 de septiembre de 2026, la Comissão de Ciência, Tecnologia, Inovação e Informática (CCT) del Senado brasileño aprobó el sustitutivo del senador Carlos Portinho al PL 1.536/2023, que incorpora el PL 2.451/2023. La Agência Senado informó la votación el mismo día. El texto enmendaría la Lei nº 14.478/2022 (la Ley brasileña de Activos Virtuales) para que el efectivo, los activos virtuales y sus lastros de clientes queden fuera del patrimonio propio de una PSAV. No es ley. Todavía debe pasar por la Comissão de Assuntos Econômicos (CAE) y luego por la Comissão de Constituição, Justiça e Cidadania (CCJ) en decisión terminativa.
Cómo el PL 1.536/2023 llegó a un sustitutivo en la CCT
Ambos proyectos los presentó el senador Marcos do Val (Avante-ES) en 2023. El objetivo común, reiterado en el informe de Portinho ante la CCT, es proteger al inversor tras quiebras de exchanges y poner en la ley una barrera contra el uso de fondos de clientes para riesgo propio de la plataforma. El informe cita FTX, BlockFi y LBLV como casos de advertencia: allí se describe a FTX como haber usado dinero de clientes en operaciones de crédito y haber dejado un pasivo estimado de US$10.000 millones frente a cerca de un millón de acreedores.
Los proyectos fueron primero a la Comissão de Comunicação e Direito Digital (CCDD), donde Portinho ya era relator. Como esa comisión no se instaló, la Presidencia del Senado los redirigió a la CCT con base en el art. 48, X del Reglamento del Senado y el Ato do Presidente nº 22/2025. No hubo enmiendas en la CCT. El voto de Portinho fue aprobar el PL 1.536/2023 (el expediente más antiguo) como una sola Emenda (Substitutivo) que absorbe el PL 2.451/2023. El texto de comisión que cuenta es ese sustitutivo del 2 de septiembre de 2026. La CAE aún puede reescribirlo; la CCJ aún puede tumbarlo o remodelarlo. Nada del PDF obliga a un exchange brasileño hasta que el Congreso apruebe un texto final y el Presidente lo sancione.
Qué escribiría el sustitutivo de la CCT en la Lei 14.478/2022
La Emenda toca cuatro lugares de la Ley de Activos Virtuales. El cambio de peso es la segregación patrimonial.
Directrices del art. 4º. Se añadirían (i) lenguaje de PLA/FT y contra la proliferación alineado con estándares internacionales, y (ii) el “controle e manutenção de forma segregada dos recursos aportados pelos clientes” (control y mantenimiento segregado de los recursos aportados por los clientes) como guía explícita del régimen.
Art. 5º, §§ 2º–4º (el núcleo de la segregación). Las PSAV deberían mantener separados los recursos financieros, activos virtuales y respectivos lastros de su propia titularidad de aquellos detenidos por cuenta y orden de terceros. Los activos de clientes:
- no responderían, directa ni indirectamente, por ninguna obligación de la PSAV;
- no podrían ser retenidos, embargados, pignorados, secuestrados ni objeto de otra constricción por deudas de la propia PSAV;
- no integrarían el patrimonio de la PSAV, no podrían darse en garantía de obligaciones de esa persona jurídica ni componer su activo.
Esa es la pared jurídica pensada para el tipo de mezcla de fondos que ilustra el caso FTX. El análisis de Portinho la describe como una barrera formal contra el uso del capital de clientes en apuestas apalancadas de la propia firma.
Art. 5º, § 1º (activos tokenizados y NFT). El órgano federal designado por el acto del Ejecutivo que ya apunta la Ley de Activos Virtuales podría autorizar otros servicios relacionados, incluidas operaciones con activos tokenizados y tokens no fungibles (NFT). El sustitutivo deja esa facultad explícita.
Art. 7º, VI (deberes de trazabilidad del regulador). El regulador designado debería fomentar el rastreo y la identificación de actores y montos, incluido el impulso a prestadores centralizados con KYC completo, el uso de exploradores de bloque y una información más completa en el libro público. Ese lenguaje viene sobre todo del PL 2.451/2023.
Art. 13-A (capital prudencial). “O órgão ou entidade reguladora previsto no caput do art. 7º” fijaría requisitos prudenciales mínimos de capital para corretoras y plataformas de inversión en activos virtuales. El informe de Portinho explica por qué el sustitutivo no nombra al Banco Central do Brasil y no conserva el plazo original de 180 días: ambos se retiraron para evitar un cuestionamiento constitucional de iniciativa o de competencia exclusiva del Ejecutivo. En la práctica, el regulador del art. 7º para servicios de activos virtuales ya es el BCB bajo el Decreto nº 11.563/2023, pero el estatuto hablaría a través de esa designación existente en lugar de volver a grabar el nombre del banco.
Una ley encima de un andamiaje de licencias que ya habla de segregación
Brasil no parte de cero. La Lei 14.478/2022 ya define los servicios de activos virtuales. El paquete del BCB de noviembre de 2025 (Resoluções BCB 519, 520 y 521), vigente desde el 2 de febrero de 2026, es la capa de autorización y conducta: licencia SPSAV, capital, gobernanza, controles de custodia y el plazo de presentación del 30 de octubre de 2026 para las incumbentes que cubrimos en el explainer de la Res. 520. La Resolução BCB nº 580 añade peso prudencial Tipo 3. La Resolução BCB nº 584 pondrá una retención de 24 horas en salidas grandes hacia autocustodia o un prestador extranjero desde el 1 de enero de 2027.
Lo que aportaría el PL 1.536/2023 es una cláusula de segregación en la ley, con lenguaje frente a quiebra y acreedores que una resolución del BCB sola no entrega. Las reglas operativas de custodia pueden decirle a una firma supervisada cómo contabilizar y guardar activos de clientes día a día. Una ley que diga que esos activos no son el patrimonio de la firma, no pueden garantizar sus deudas y no pueden embargarse por sus acreedores es otro instrumento: es el que buscan los abogados de insolvencia cuando la plataforma ya está en problemas. El sustitutivo de la CCT intenta meter ese instrumento dentro de la propia Lei 14.478.
Ese orden importa para el calendario. Las plataformas siguen corriendo hacia el expediente SPSAV del 30 de octubre. Una norma de segregación que aún está a dos comisiones de distancia no sustituye esa fecha. Si se sanciona, elevaría el piso legal bajo la arquitectura de custodia que esos expedientes ya describen.
Quién lo nota si llega a ser ley
Quien deja saldos en exchanges brasileños. La segregación es una regla de recuperación para activos que siguen en el intermediario. No mueve monedas a una cartera que controlas. Si la CAE y la CCJ conservan los §§ 2º–4º de Portinho y el proyecto se sanciona, el crédito del cliente en una insolvencia de PSAV debería quedar fuera de los acreedores generales de la firma. Ese es el delta práctico frente a confiar solo en las reglas de conducta del BCB.
Operadores de PSAV y su asesoría. Los manuales de producto, tesorería e insolvencia tendrían que cuadrar con la segregación estatutaria, no solo con los controles de custodia de la Res. 520: libros separados, sin pignorar lastros de clientes para apalancar a la casa, y documentación que un juzgado de quiebras pueda leer. El art. 13-A también abriría un nuevo paso de rulemaking de capital prudencial del regulador del art. 7º, encima de los pisos de capital que ya trae el andamiaje SPSAV.
Quien construye mirando a Brasil desde el resto de LatAm. Brasil es el mercado cripto más profundo de la región, y otros supervisores ya estudian sus textos numerados del BCB. Una cláusula estatutaria de segregación en la Lei 14.478 sería una plantilla que el régimen PSAV de la CNV argentina y la pila Banxico/CNBV de México pueden copiar, endurecer o rechazar. Los flujos de remesas y de cobertura en dólares que aparcan USDT en venues brasileñas de un día para otro son exactamente los saldos que esta cláusula intenta cercar.
Autocustodia. El proyecto no restringe guardar tus propias claves. Endurece el estatus legal de las monedas que aún no has retirado. La retención de salida de 24 horas de la Res. 584 y una regla estatutaria de segregación trabajan desde extremos opuestos: una frena salidas grandes; la otra intenta proteger lo que sigue adentro. Ninguna sustituye un plan de salida que hayas ensayado.
Qué falta todavía
Después de la CCT, el expediente va a la CAE y luego a la CCJ en decisión terminativa (Agência Senado; página de la matéria). Terminativa significa que la CCJ puede cerrar el tramo del Senado sin voto en el pleno, salvo que el plenário lo reclame. La Cámara de Diputados aún tiene que actuar si el texto del Senado difiere de la vía paralela allí, y sigue haciendo falta la sanción presidencial. Conviene vigilar enmiendas de la CAE que ablanden los §§ 3º–4º (el lenguaje de no embargo / no patrimonio) o que reabran la pelea por nombrar al BCB que Portinho cerró.
Si hoy usas una plataforma brasileña: trata la aprobación de la CCT como una señal de comisión, no como una protección ya vigente. Prefiere venues que ya publiquen con claridad la segregación de activos de clientes y el estatus del expediente SPSAV, mantén los saldos grandes con correa corta y prueba retiros a una dirección que controlas antes de necesitarlos. Si operas o asesoras una PSAV: cruza los párrafos del art. 5º de Portinho con tu diseño actual de custodia bajo la Res. 520 para que una reescritura de la CAE no sorprenda a tu consejo.
Esto es una lectura del sustitutivo de la CCT y de la cuenta de la Agência Senado sobre la votación del 2 de septiembre, no asesoramiento legal, fiscal, concursal ni de inversión. Contrasta el PDF operativo en el getter del Senado dm=10307842 y la matéria del PL 1.536/2023 antes de cambiar un producto, una arquitectura de custodia o un contrato de cliente.
Para llevar
El PL 1.536/2023, en el sustitutivo de la CCT del 2 de septiembre de 2026 que también absorbe el PL 2.451/2023, escribiría en la Lei nº 14.478/2022 la segregación patrimonial de clientes, directrices de PLA/FT, deberes de trazabilidad a cargo del regulador y un gancho de capital prudencial. Los saldos, monedas y lastros de clientes quedarían fuera del patrimonio de la PSAV y fuera del alcance de los acreedores propios de la firma, según el borrador. El texto todavía tiene que sobrevivir a la CAE y a la CCJ. Hasta entonces, el andamiaje brasileño que rige es el de las resoluciones SPSAV del BCB y el reloj de octubre, no este sustitutivo.



